Rebus Sic Stantibus
Sentencia 1/2021, 8 de enero, del Juzgado de Primera Instancia n° 20 de Barcelona
En fecha 8 de enero de 2021 el Juzgado de Primera Instancia n° 20 de Barcelona dicta sentencia estimando demanda de revisión o adaptación de contrato de arrendamiento de industria hotelera declarando que procede la reducción de la renta del 50% con efectos retroactivo desde el 1 de abril de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021, ello en aplicación de la clausula rebus sic stantibus.
La novedosa sentencia realiza de forma clara y precisa el análisis de los requisitos exigibles para aplicar la cláusula rebus sic stantibus, declarando en su fallo que se ha producido una alteración imprevisible de las circunstancias que sirvieron de base para la formación de la voluntad negocial y que dicha alteración genera un desequilibrio de las prestaciones a cargo de la actora.
Cabe destacar, que aunque se esté ante un primer precedente, la sentencia no es firme y "...nos podemos encontrar en los próximos meses con sentencias aparentemente contradictorias entre sí…"